El proceso de desistimiento por parte de la constructora generalmente se inicia después de transcurridos los 90 días de retraso en los pagos
El proceso de desistimiento por parte de la constructora generalmente se inicia después de transcurridos los 90 días de retraso en los pagos. Si no se han regularizado los pagos pendientes dentro de este plazo establecido, la constructora tiene el derecho de iniciar el proceso de desistimiento.
El desistimiento implica que la constructora da por terminada la negociación acordada inicialmente y puede tomar las medidas legales correspondientes para resolver el contrato de compraventa.